domingo, 29 de enero de 2017

IMPUESTO AL PATRIMONIO INMOBILIARO (IPI)

La Ley 18-88 sobre Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) promulgada el 19 de enero y publicada el 26 de febrero del año 1988, establece un impuesto del uno por ciento (1%)  a la vivienda suntuaria y solares urbanos no edificados pertenecientes a personas físicas de manera individual, o sea cada bien por separado.

Con la modificación a la Ley 18-88 por la Ley 253-12 de fecha 9 de noviembre del año 2012, se instituye un impuesto del uno por ciento (1%) al Patrimonio Inmobiliario total de las Personas Físicas, cuyo valor en su conjunto sea superior a seis millones quinientos mil pesos (RD$6,500,000.00), monto determinado por la Dirección General de Catastro Nacional. Se excluyen del patrimonio total para fines de la base imponible, los terrenos rurales dedicados a la explotación agropecuaria, mobiliarios y equipos, maquinarias, plantas eléctricas, mercancías y otros bienes muebles que se encuentren dentro de los inmuebles gravados.

Establece el artículo No. 14 párrafo I de la Ley 253-12, que el valor de RD$6,500,000.00 será ajustado anualmente por la inflación publicada por el Banco Central de la República Dominicana.

El monto ajustado que regirá para el año 2017, será de siete millones diecinueve mil trescientos ochenta y tres pesos (RD$7,019,383.00). El patrimonio inmobiliario total que no supere esta cantidad estará exenta del pago de impuesto, en tanto que el excedente de este valor se le aplicará el uno por ciento (1%). Para el 2018, regirá la suma de siete millones ciento treinta y ocho mil trescientos ochenta y cuatro con ochenta centavos (RD$7,138,384.80).

Exenciones a éste impuesto:


Quedan exentos del pago de este impuesto, aquella vivienda en la cual su propietario haya cumplido los sesenta y cinco (65) años de edad, siempre que dicha vivienda constituya el único patrimonio inmobiliario de su propietario; así como también el Estado dominicano, las Instituciones Benéficas  y las Organizaciones Religiosas.

15 comentarios:

  1. Caja Registradora
    Una caja registradora es un aparato mecánico o electrónico que permite calcular y registrar transacciones comerciales, e incluye un cajón para guardar dinero. Por lo general, permite además imprimir un recibo o factura para el cliente, según las disposiciones legales de cada País.
    En la mayoría de los casos el cajón para el dinero solo puede abrirse luego de una venta, excepto cuando se usa una llave especial. Al mismo tiempo, la apertura del cajón genera un campanilleo o sonido de aviso.
    Masgloris Elizabeth Frias Jimenez 13-SCTN-5-026

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  4. Desde el establecimiento de este impuesto por la Ley 18-88, por razones prácticas la Administración ha venido reconociendo un solo propietario por inmueble, sin importar cuantos aparezcan en el contrato como compradores o en el certificado de título inmobiliario.

    En el pasado, esto no tenía mayor relevancia

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  6. (IPI) Este Significa impuesto al patrimonio inmobiliario, este es el impuesto que se aplica sobre la sumatoria de propiedades inmobiliarias de las personas físicas, pero también se aplica sobre los fideicomisos, y la tasa es de un 1% sobre el valor excedente de RD$ 7,019,383.00 Del patrimonio gravado de la persona física y del fideicomiso solo a estas se les aplica el (IPI).Están exentos de este impuestos toda vivienda la cual el propietario haya cumplido los 65 años de edad, siempre y cuando dicha propiedad constituya el único patrimonio inmobiliario de su propietario , también las instituciones benéficas y las organizaciones religiosas.

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  7. Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI)

    Es un impuesto anual que se aplica sobre la suma total del patrimonio inmobiliario gravado que tienen registrados las personas físicas y Fideicomisos.

    ¿Quiénes están sujetos al pago de este impuesto?

    • Personas físicas y Fideicomisos

    ¿Qué es un patrimonio gravado?

    • Los inmuebles que no gozan de ninguna exención y a la vez poseen un valor conjunto superior a (RD$7,019,383.00).
    • Para los fideicomisos cualquier inmueble que no goce de una exención independientemente de su valor.

    ¿Cuáles inmuebles pueden ser alcanzados por este impuesto?

    • Todas las viviendas.
    • Solares urbanos.
    • Inmuebles destinados a actividades comerciales, industriales y profesionales.
    Elizabeth MAria Adames Lopez
    Mat 12-saen-5-011

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  8. En pocas palabras,el IPI (Impuesto al Patrimonio inmobiliario),es el impuesto anual que se aplica sobre la sumatoria de propiedades inmobiliarias de las personas físicas. Para personas físicas,se aplica una tasa de un 1% sobre el valor excedente de $7,019,383.00 del patrimonio gravado. Quedan exentos del pago de este impuesto ,aquella vivienda en la cual su propietario haya cumplido los 65 años de edad,siempre que dicha vivienda constituya el único patrimonio inmobiliario de su propietario.Comentario de Anny Nicole Henriquez Reinoso.

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  9. El impuesto sobre el patrimonio, a veces también llamado impuesto sobre la riqueza o impuesto sobre la fortuna, es un impuesto que se aplica individualmente, no sobre ingresos anuales o transacciones, sino sobre el patrimonio personal de las personas físicas.
    Es el impuesto al patrimonio inmobiliario El monto ajustado que regirá para el año 2017, será de siete millones diecinueve mil trescientos ochenta y tres pesos (RD$7,019,383.00). El patrimonio inmobiliario total que no supere esta cantidad estará exenta del pago de impuesto, en tanto que el excedente de este valor se le aplicará el uno por ciento (1%).

    Masgloris Frias Jimenez

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  10. Ah mi punto de vista el Impuesto al Patrimonio Inmobiliario es un impuesto que se paga anualmente, y que se aplica sobre la suma total del patrimonio inmobiliario de las personas físicas, cuyo valor sea mayor de RD$7,019,383.00 (Para el 2017 pues varia anualmente). También se aplica sobre los establecimientos comerciales, profesionales e industriales,siempre que sean propiedad de las personas físicas, independientemente de su ubicación. Comentario de Lietza Rodriguez

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  11. se trata de un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava el conjunto de bienes y derechos de contenido económico que son titularidad del sujeto con deducción de las cargas que disminuyan su valor, así como de las deudas y obligaciones personales de las que su titular deba responder.Es un impuesto anual que se aplica sobre la suma total del patrimonio inmobiliario gravado que tienen registrados las personas físicas y Fideicomisos.

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  12. Buenas,el impuesto al patrimonio inmobiliario mejor conocido como el ipi es un impuesto anual que se aplica sobre la suma total del patrimonio inmobiliario gravado que tienen registrados las personas físicas y Fideicomisos,este se aplica una taza de un 1 por ciento a todas las personas fisicas o juridicas,tambien puedo aclarar k este impuesto tienes sus excepciones .para culminar hay k aclarar k estoy conforme con los conocimientos adquiridos en la materia.

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  13. Buenas el impuesto al patrimonio inmobiliario mejor conocido como el IPI. Es un impuesto anual que se aplica sobre la suma total del patrimonio inmobiliario gravado que tienen registrados las personas físicas y Fideicomisos. A este pago están sujetos
    Personas físicas y Fideicomisos
    Personas físicas: se aplica una tasa de 1% sobre el valor excedente de RD$7,019,383.00 del patrimonio gravado.
    Fideicomisos: el 1% sobre el valor de los inmuebles.

    Este impuesto se paga en dos (2) cuotas semestrales, siendo la fecha límite para el pago de la primera cuota el 11 de marzo y la segunda el 11 de septiembre de cada año. En esta clases es aprendido mucho de impuesto mucha gracia.

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  14. NIA 600
    Consideraciones especiales auditoria de estados financieros de grupos (Incluido el trabajo de los auditores componentes)
    Buenas tardes, en la nia 600 puedo decirles que por una parte el alcance trata de las consideraciones particulares aplicables a las auditorias del grupo y en concreto a aquellas en las que participan los auditores de los componentes.
    Esta tiene como objetivos principales:
    Determinar si es adecuado actuar como auditor de los estados financieros del grupo.
    Además se puede decir que actúa como auditor de los estados financieros del grupo


    Nía 610 Utilización del trabajo de los auditores internos
    Nia 610 es una norma internacional de auditoría trata de la responsabilidad que tiene el auditor externo con respecto al trabajo de los auditores internos, cuando el auditor externo ha determinado que la función de auditoría interna es relevante para la auditoria.
    Dicha nia tiene como uno de sus objectivo determinar si se utilizaran trabajos específicos de los auditores internos, y En caso de utilizar trabajos específicos de los auditores internos, determinar si dichos trabajos son adecuados para los fines de auditoría.


    Nía 620 Utilización del trabajo de un experto de la auditoria
    En esta nia (620)se basa en las responsabilidades que tiene el auditor respecto del trabajo de una persona u organización en un campo de especialización distinto al de la contabilidad o auditoria.
    El auditor es el único responsable de la opinión de auditoría expresada, y la utilización por el auditor del trabajo de un experto del auditor no reduce dicha responsabilidad.
    Para esta nia (620) utilizamos el principal objetivo de:
    Determinar si se utiliza el trabajo de un experto del auditor y; en caso de utilizar el trabajo de un experto del auditor, determinar si dicho trabajo es adecuado para los fines del auditor.

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  15. Impuesto al patrimonio inmobiliario

    Por: Rafaela Henriquez Duran Mat: 16-SCTN-5-012.

    Fue promulgada el 19 de enero y publicada el 26 de febrero del año 1988, establece un impuesto del uno por ciento a la vivienda suntuaria.

    Con la modificación a la ley 18-88 por la ley 253-12 de fecha 9 de noviembre del año 2012 se instituye un impuesto del uno por ciento.

    Se puede decir que el monto ajustado que regirá para el año 2017. Será de 7091,383.00. el patrimonio inmobiliario total k no supere esta cantidad estará exento del pago de impuesto
    El (IPI) es un impuesto anual que se aplicara sobre la suma total del patrimonio inmobiliario gravado que tienen registrado las personas físicas y fideicomisos.

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