jueves, 5 de mayo de 2016

DIA DEL CONTADOR PUBLICO EN LAS AMERICAS (17 DE MAYO, REPÚBLICA DOMINICANA)

El día del contador público de las américas se instituyó el 17 de mayo 1949 en la Primera Conferencia Interamericana de Contabilidad, con la participación de 168 delegados de catorce países, quedando instaurada dicha entidad en San Juan, Puerto Rico.

La Conferencia Interamericana de Contabilidad, existió hasta el año 1974, donde se incorpora La Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC) bajo las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Esta organización fue creada con la finalidad de: (i) impulsar una profesión dinámica y coherente en el continente americano; (ii) asumir con responsabilidad su representación en el hemisferio; (iii) impulsar el desarrollo profesional integral de los contadores y contadoras; (iv) estimular la superación del nivel académico en la formación del contador; (v) elevar continuamente la formación profesional a través de la capacitación continuada; (vi) propagar ante la sociedad los principios y valores éticos de la profesión.

Entre los países que celebran el 17 de mayo el día del contador están: República Dominicana, El Salvador, Panamá, Costa Rica, Honduras, Puerto Rico y Uruguay
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Día del Contador en la República Dominicana:

En la República Dominicana, la institución rectora de la profesión contable, es el Instituto de Contadores Públicos Autorizados (ICPARD), facultad otorgada por la Ley 633 del 16 de junio de 1944 y su Reglamento de aplicación establecido en el decreto No. 2032.
Esta organización conmemora el día del contador público el 17 de mayo, y en alusión a esta importante fecha, realiza unas series de actividades para celebrarlo.

Con la conmemoración del año del bicentenario del natalicio de Juan Pablo Duarte, fundador de la República Dominicana; el ICPARD hizo un homenaje póstumo por considerarlo el “Primer Contador Dominicano”, entregando un galardón al presidente del Instituto Duartiano, señor Joaquín Pérez, en fecha 16 de mayo del año 2013.

El Colegio Dominicano de Contadores Públicos, Inc. (CODOCON) fue fundado el 6 de diciembre de 1976 y su base legal emana del Decreto de Incorporación No. 3536 de fecha 10 de agosto de 1978. Esta institución celebra este día con diversos actos en las diferentes filiales y Sede Central. Los estatutos de ésta organización consideran el 17 de mayo de cada año como el Día Nacional del Contador.

Otros países de américa celebran este importante día en diferentes fechas, haciendo referencia a hechos históricos de cada país:


Día del Contador en Argentina: 

El 17 de diciembre se celebra en la República de Argentina el día del Contador Público Nacional, con motivo de que en 1494 se publicó el libro “Suma Aritmética, Geometría, Proporción y Proporcionalidad” en donde el matemático y economista Fray Luca Bartolomeo de Pacioli describe el método de partida doble que es la base de la contabilidad, considerado a nivel mundial como el Primer Contador.

Día del Contador en Perú

El Día del Contador Público es celebrado el 11 de septiembre, en homenaje a la promulgación de la Ley Nº 13253 del año 1959, actualizada por la Ley Nº 28951 de Profesionalización del Contador Público.

Día del Contador en México

El 25 de mayo, pero del año 1907, Fernando Diez Barroco presentó el primer examen profesional con el que se graduó como Contador de Comercio. El 20 de diciembre de 1925, la Secretaría de Educación Pública revalidó el grado obtenido  por don Fernando al otorgarle el primer título de Contador Público.
En homenaje a éste profesionista de la contabilidad cada 25 de mayo se celebra en México el día del Contador.


 Día del Contador en Colombia

El primero de marzo de cada año, los contadores públicos colombianos celebran "El Día del Contador Público"   fecha aprobada durante reunión nacional de juntas directivas de agremiaciones de contadores públicos de todo el país, llevada a cabo los días 1 y 2 de marzo de 1975, en el paraninfo de la Universidad de Antioquia. 


domingo, 1 de mayo de 2016

Primero de mayo se conmemora "El Día Internacional del Trabajo"

Luego de una jornada de lucha reivindicativa y en reconocimiento a los mártires de Chicago que fueron ejecutados, se instituye el primero de mayo el día internacional de los trabajadores, en el congreso "Obrero Socialista" celebrado en París, en el año 1889.

Día de los trabajadores en República Dominicana.
Por disposición del Ministerio de Trabajo, los dominicanos y dominicanas celebran este lunes dos de mayo el día del trabajador.

Felicidades trabajador!

jueves, 7 de enero de 2016

Nueva Escala Impositiva para los Agentes de Retención y Personas Físicas en General, con aplicación al 1ero. de enero del año 2016.

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), mediante aviso informativo da a conocer la Nueva Escala Impositiva para el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas en General para el año 2016; la que  durante los periodos 2013, 2014 y 2015, se mantuvo inalterable por disposición de la Ley 253-12.

ESCALA ANUAL DE PERSONAS FÍSICAS EN GENERAL

A) Ingresos anuales hasta RD$409,281.00 están exento de ISR

B) Las rentas obtenidas desde RD$409,281.01 hasta RD$613,921.00 se le aplicará 15% del excedente de RD$409,281.01

C) La siguiente escala abarca desde RD$613,921.01 hasta RD$852,667.00 debiendo pagar un valor de RD$30,696.00 anual, más el 20% del excedente de RD$613,921.01

D) En este último tramo, las Rentas desde RD$852,667.01 en adelante pagaran un valor de RD$78,446.01 más el 25% del excedente RD$852,667.01

ESCALA MENSUAL

ESCALA MENSUAL DE PERSONAS FÍSICAS EN GENERAL

A) Ingresos al mes hasta RD$34,106.75.00 exento de ISR

B) Rentas desde RD$34,106.75 hasta RD$51,160.08, se le aplicará 15% del excedente de RD$34,106.75.
Caso 1: RD$51,160.08 – 34,106.75= RD$17,054.07 x 15%=2,558.00 mensual

C) Ingresos desde RD$51,160.08 hasta RD$71,055.58 debiendo pagar un valor de RD$2,558.00 mensual, más el 20% del excedente de RD$51,160.08
Caso 2: RD$71,055.58 – 51,160.08= RD$19,895.50 x 20%= RD$3,979.17 mensual

D) En este último tramo, las Rentas desde RD$71,055.58 en adelante pagarán un valor de RD$6,537.17 mensuales más el 25% del excedente RD$71,055.58
Caso 3: Ejemplo de un asalariado.
El señor Starlyn Alberto devenga un salario mensual de RD$100,000.00. Aplicar Retención según Ley 87-01 y la Ley 11-92.

Empleado
Sueldo mensual
SFS 3.04%
SVDS 2.87%
Total
Retenciones
Sueldo
Antes ISR
ISR
Sueldo
Neto
Starlyn Alberto
RD$100,000
RD$2,995.92
RD$2,870
RD$5,865.92
RD$94,134.08
RD$12,306.79
RD$81,827.29

DETERMINACIÓN RETENCIÓN ANUAL Y MENSUAL DEL ISR

Sueldo mensual RD$94,134.08 x 12 meses
Sueldo anual RD$1,129,608.96 

Monto exento RD$409,281

Primera escala: RD$613,921.00 - 409,281=RD$204,640 x 15%= RD$30,696 ISR

Segunda escala: RD$852,667 - 613,921=RD$238,746 x 20%= RD$47,749.20 ISR

Tercera escala= de RD$852,667.01 en adelante el 25%

Sueldo RD$1,129,608.96 - 852,667.01=RD$276,941.95 x 25%=RD$69,235.49 ISR

IMPUESTO ANUAL                              IMPUESTO MENSUAL

RD$30,696.00    / 12=                                  RD$2,558.00
RD$47,749.20    / 12=                                  RD$3,979.17
RD$69,235.49   / 12=                                   RD$5,769.62
RD$147,680.69                                          RD$12,306.79

DETERMINACIÓN RETENCIÓN MENSUAL DEL ISR

Sueldo antes de ISR              RD$94,134.08
Exención                                   RD$34,106.75
                                                     RD$60,027.33
Menos:                                                                                                ISR
Renta hasta 15%                    RD$17,053.33                       =RD$2,558.00
Renta hasta el 20%                RD$19,895.50                       =RD$3,979.17
Excedente  del 25%              RD$23,078.50 x 25%           =RD$5,769.62
Impuesto a pagar                                                                    RD$12,306.79

Como se observa en el ejemplo, de un salario de RD$100,000.00 al mes, menos las deducciones por concepto de SFS, SVDS por un valor de RD$5,865.92 y RD$12,306.79 de ISR, el sueldo neto es de RD$81,827.29.

Nota: Los topes máximos para la Retención el Seguro Familiar de Salud (SFS) es de RD$98,550 equivalentes a diez (10) salarios cotizables  y el Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (SVDS) es de RD$ RD$197,100.00 igual a veinte (20) salarios cotizables, establecido en la Resolución No. 371-04.