¿Sabías que el Código de Trabajo
de la República Dominicana faculta a los trabajadores a revisar los estados
financieros de una empresa cuando le surjan dudas sobre el monto recibido por
concepto de bonificación?
Al cierre de cada ejercicio
económico, las empresas preparan sus estados financieros, mediante los cuales
se reflejan los resultados de dicho período, específicamente a través del
estado de ganancias o pérdidas, mejor conocido como estado de resultados.
Cuando la empresa obtiene
ganancias, deberá distribuir entre sus trabajadores el diez por ciento (10%) de
sus beneficios anuales antes de impuesto sobre la renta por concepto de
participación en los beneficios. Este pago deberá realizarse entre los 90 y 120
días posteriores al cierre del ejercicio económico.
En ocasiones, los colaboradores
cuestionan la bonificación recibida, sobre todo cuando de un período a otro
disminuye significativamente. En ese orden, es importante puntualizar que la obligación
de distribuir surge cuando la empresa obtiene utilidades. Por consiguiente, si
en un año determinado la empresa presenta pérdidas, no habrá lugar a la distribución
de tal bonificación.